Verifactu: claves y plazos
La adaptación será obligatoria en 2027 para sociedades y para el resto de empresas y autónomos, con requisitos técnicos que ya conviene revisar.
💡 Explicación
La cuenta atrás para Verifactu sigue avanzando y, aunque la adaptación obligatoria se ha aplazado, muchas asesorías y empresas ya están revisando sus programas de facturación. El sistema, impulsado por la Agencia Tributaria, busca reforzar el control fiscal y acelerar la digitalización y automatización de los procesos de facturación empresarial.
Según los datos compartidos, el calendario marca dos fechas clave: el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de empresas y autónomos. La referencia normativa incluye la LGT, el Real Decreto 254/2025, de 1 de abril de 2025, una Orden Ministerial y el Reglamento de requisitos para soluciones informáticas de facturación.
En la práctica, las aplicaciones de facturación deberán incorporar una declaración responsable que confirme que cumplen con ese reglamento y con las especificaciones técnicas aprobadas. Entre los requisitos figuran generar un registro por cada factura emitida, así como en caso de anulación o rectificación; garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad e inalterabilidad de los registros; y permitir, si se elige esa modalidad, el envío automático de cada registro a Hacienda. Francesc Nuñez, ERP Product Manager en Wolters Kluwer TAA Spain, resume el concepto como “Sistema de emisión de facturas verificables o sistema Verifactu”.
La otra opción es no enviar automáticamente la información a la AEAT. En ese caso, las aplicaciones deberán guardar los registros de forma segura, firmarlos digitalmente y tenerlos a disposición de la Agencia Tributaria cuando los requiera. Además, el software deberá registrar determinados eventos para permitir la trazabilidad de la actividad, con un historial que no podrá alterarse y que deberá conservarse hasta que prescriban las obligaciones tributarias.
También habrá cambios visibles en las facturas: las Verifactu deberán incorporar un código QR con datos identificativos y una mención expresa a que han sido generadas mediante un sistema de emisión de facturas verificables, mediante la expresión “Veri*Factu”. En conjunto, el sistema se plantea como una herramienta más cómoda y recomendada por la Administración, aunque la comunicación de los registros a la AEAT sigue siendo voluntaria. Para los despachos y pymes, el momento es bueno para comprobar si su software ya está preparado. Si aún no lo has revisado, puede ser un buen momento para probar VeriGest gratis o reservar una demo.
📋 Impacto en tu Negocio
- 1. Revisa tu software de facturación cuanto antes. Debe generar registros por cada factura, soportar rectificaciones y cumplir con la declaración responsable exigida.
- Planifica la adaptación a los nuevos plazos. Sociedades desde el 1 de enero de 2027 y resto de empresas y autónomos desde el 1 de julio de 2027.
- Define si trabajarás con envío automático o sin envío. Ambas opciones existen, pero cambian las obligaciones de conservación, firma digital y disponibilidad ante la AEAT.
- Comprueba que tus facturas incorporan QR y la mención Verifactu. Será un requisito visible en las facturas emitidas bajo este sistema.
- Refuerza la trazabilidad documental. El registro de eventos debe ser inalterable y conservarse hasta que prescriban las obligaciones tributarias.